domingo, 31 de octubre de 2010

On Petrobras and PDVSA: A cautionary tale

On Petrobras and PDVSA: A cautionary tale

On Petrobras and PDVSA: A cautionary tale

http://www.brazilinfocus.com/


Petrobras and PDVSA: A Cautionary Tale
Energy & Enterprise
Wednesday, 04 August 2010 13:11
by Gustavo Coronel



In its prime, Venezuela's state-owned oil company, Petroleos de Venezuela, was a corporate gem. Created in 1976, PDVSA, as it is known, rapidly became a major international oil company thanks to good management and a strictly apolitical work environment. The business model was not that of a state monopoly but a group of four fully integrated companies, each operating by its own rules under the coordination of a financial and planning holding company. In this manner the four companies competed with each other and their performance could be measured and compared.
The Brazilian state-owned oil company, Petrobras, was different.Founded in 1954, it was run as single company monopoly, under the ultra nationalist slogan of the day, "The Oil is ours!". Petrobras insisted on using only Brazilian materials and technology. Labor unions greatly influenced its operations; its executives rotated frequently while the private sector played a limited role. The result: for 20 years, from the 1970's to the 1990's, PDVSA was a great success while Petrobras remained largely stagnant. How things change. In later years, Petrobras has flourished. Partially privatized in the 1990s, the slumbering Brazilian monopoly has become lean and competitive. Professionally managed as a commercial enterprise, the company has become a vibrant world-class corporation. Today Brazilian energy self-sufficiency is within sight, while Petrobras sets the industry benchmark for offshore oil.
PDVSA, on the other hand, is nearly unrecognizable, a political instrument of Venezuela's ruling claque. Its inept and corrupt managers have gutted production, both in quality and the volume of oil. The company's international standing is now in tatters as its core business - producing and marketing oil - has been subordinated to a populist agenda such as importing and distributing food, building houses and, even, training athletes. Investment in upkeep and maintenance has dried up. As a result, the Venezuelan company has lost some 800,000 barrels per day of production capacity during the last 10 years.It's no mystery why one company has stumbled while the other has soared.
PDVSA is no longer a commercial, for-profit business but a political tool and cash cow for the government oligarchy. Its revenues garnish the ruling coffers, not the nation's. Following a major protest by the technical and managerial staff in 2002-2003 - triggered by the naming of an inept president and board of directors - Venezuelan President Hugo Chavez dismissed 20,000 employees, the cream of the staff, and replaced them with his cronies, with no concern for technical or managerial credentials. The result has been predictable.Rockefeller famously said that the two best businesses in the world were a well managed oil company and a poorly managed oil company.
What would he say about PDVSA? Chavez's handpicked management has literally destroyed the company. Payroll has swelled from 30,000 to almost 100,000 employees, refineries are running at barely 70 percent capacity, and production has collapsed. And yet Chávez is giving away oil. Only half of the Venezuela's oil is exported at market prices. The rest is being sold at a fat discount or simply donated to "friendly" regimes Cuba, Central America, the Caribbean and South America, or else swapped for weapons and agricultural goods. After years of international expansion PDVSA, rebranded as a "socialist company," is now atrophying, selling off its refineries and oil terminals abroad. Managers must undergo military training in popular militias formed by Chavez to "defend the country" against a hypothetical U.S. invasion that he has imagined to be imminent for some years now.
Petrobras, on the other hand, has become a vibrant international energy corporation. Euro Money lists it as the best managed company in Latin America. It is no longer a fully state-owned company but a publicly traded corporation engaging in exploration, production, and refining of oil and natural gas; trading and transporting fuel, petrochemicals, and derivatives; generating electricity, making biofuels, and developing other renewable energy sources. Petrobras today operates in 28 countries. The 2009-2013-business plan foresees investments in the order of $174.4 billion. The company just raised $70 billion in the largest publc share offering in financial history.PDVSA, by contrast, claims a budget of $50 billion for the same five-year period, but don't hold your breath. Lately, the company's investments have averaged some $4-5 billion per year. Petrobras's current production is around 2 million barrels per day and growing while PDVSA's is some 2,3 million barrels per day and declining. More than an oil company Petrobras has become an energy corporation, pioneering the use of clean burning ethanol in transportation and electric energy generation. And the company hasn't even begun to tap the multibillion barrel cache of pre-salt oil trapped deep below the floor of the Atlantic.
Will all this oil go to Brazil's head? As Petrobras starts production from the offshore, in the Baleia Franca field, the government is considering sweeping new legislation that would give total state control to these new oil deposits relegating private companies to the status of contractors, working for a fee. The new law has been temporarily put in the backburner as presidential elections approach. It has become a major source of debate, with critics arguing it will erode Petrobras's efficiency. The stakes couldn't be higher. Scrapping a winning formula that has taken Petrobras from sleeper to Cinderella of the energy business in favor of the old model of state command and control is a dangerous leap backwards.
Government monopoly in oil has proven a failure all over Latin America, including the old Brazil. In Venezuela, Bolivia, Ecuador and Mexico the state-controlled model has produced a steep decline in production, rising inefficiency and alarming levels of corruption. Petrobras would do well to study these unfortunate examples and keep to a model that has produced much benefit to the nation, overcoming the temptation to play politics with its vital energy industry.

Gustavo Coronel is a Venezuelan Petroleum Geologist and served on the founding Board of Directors of Petroleos de Venezuela, PDVSA. Currently he works as a consultant in the geopolitics of energy and makes his home in Virgina

domingo, 17 de octubre de 2010

Desmovilizado de Farc dice que recibió en Venezuela entrenamiento de Eta en 2007

Desmovilizado de Farc dice que recibió en Venezuela entrenamiento de Eta en 2007

Desmovilizado de Farc dice que recibió en Venezuela entrenamiento de Eta en 2007


Desmovilizado de Farc dice que recibió en Venezuela entrenamiento de Eta en 2007
17 de Octubre de 2010 12:37
Un desmovilizado de las Farc aseguró que en agosto de 2007 asistió junto a otros guerrilleros a una reunión con dos miembros de la banda terrorista Eta en el estado venezolano de Falcón y afirmó que ese grupo adiestró en explosivos a la guerrilla, según publica el diario El Tiempo.
El periódico publicó un informe en el que señala que desde finales del año pasado las autoridades españolas han viajado a Colombia para entrevistar a tres guerrilleros desmovilizados que han testificado sobre las conexiones entre Eta y las Farc.

Uno de ellos es conocido con el alias de "Patxo" y le dijo a la Policía española que estuvo en una de las reuniones, en agosto de 2007, junto a Ómar Arturo Zabala, alias "Lucas Gualdrón", "con dos miembros de Eta en la localidad de Coro, en el estado de Falcón (Venezuela)".


"El testimonio está consignado en un oficio que envió, el pasado 14 de abril, la Comisaría General de Información de la Policía y la Guardia Civil al juez de la Audiencia Nacional española Eloy Velasco, quien desde marzo viene solicitando la detención, en Venezuela y Cuba, de al menos 12 miembros de la Eta y de las Farc", señaló el reportaje.

La declaración hecha por "Patxo" concuerda con lo dicho por los presuntos miembros de Eta Javier Atristain y Juan Carlos Besance, quienes admitieron haber sido entrenados en explosivos con las Farc en Venezuela.

Los desmovilizados que han ofrecido su testimonio a las autoridades españolas coinciden en decir que, en el 2007, Eta adiestró en explosivos a por lo menos 13 guerrilleros de las Farc en una finca de Guasdualito, en el estado de Apure (Venezuela).

El diario El Tiempo agregó que los otros dos guerrilleros desmovilizados, identificados como "Rubén" y "César", se han referido en varias ocasiones a los supuestos nexos de la española Remedios García con esas dos organizaciones terroristas.
En el expediente también se establece que "Patxo" identificó en diversas fotos a la española Remedios García, como "La Negra" y dice que estuvo en la reunión de 2007 en Venezuela, con "Lucas Gualdrón".
"Las autoridades españolas aseguran que García estuvo dos veces en el campamento de ''Iván Márquez'' (2003 y 2007), integrante del Secretariado de las Farc, y en febrero de 2006 en el de ''Raúl Reyes'', quien fue dado de baja en febrero del 2008", agregó el matutino.
A principios de octubre el Gobierno del presidente venezolano, Hugo Chávez, decidió abrir una investigación sobre las actividades de Arturo Cubillas, a quien la justicia española acusa de haber ayudado a entrenar a dos presuntos miembros de Eta en Venezuela.
Según el auto del juez de la Audiencia Nacional española Ismael Moreno, dictado a principios de mes, Cubillas, que tiene un cargo público en un ministerio venezolano, participó en los entrenamientos a Atristain y Besance, miembros del "comando Imanol" detenidos en España hace unos días.
La Audiencia Nacional le atribuye ser responsable del colectivo de Eta en esa zona de América desde 1999 y de coordinar las relaciones con las Farc.
El Gobierno venezolano rechazó, en un comunicado leído por el presidente Chávez, cualquier vinculación con Eta y dijo que no se podía dar crédito a declaraciones de "dos criminales sanguinarios de la organización terrorista".
Terra.com.co / EFE

Opinión y análisis - Si el rescate minero hubiera sido en Venezuela

Opinión y análisis - Si el rescate minero hubiera sido en Venezuela

Si el rescate minero hubiera sido en Venezuela

Edgard J. González

Domingo, 17 de octubre de 2010

Haciendo un ejercicio de imaginación, extrapolando la mina y el derrumbe al norte de Chile, en pleno desierto de Atacama, al territorio venezolano, en cualquier parte del país, veamos qué habría sucedido acá;

1. En lugar de reportar el accidente el primer día, la desorganización endógena nos hubiera permitido darnos cuenta de que había ocurrido un derrumbe, pasados nueve días, y lo habrían reportado como “presunto”, ante la falta de listas y otras informaciones esenciales.

2. En Chile transcurrieron 17 días hasta que pudieron establecer un mecanismo de contacto con los mineros, a casi 700 metros de profundidad, quienes informaron que todos estaban vivos y en buen estado. En Venezuela probablemente se hubiera llevado dos meses establecer ese vínculo, y los mineros habrían necesitado al menos una semana para ponerse de acuerdo en lo que informarían a la superficie. Finalmente se hubiera recibido una retahíla de chismes y acusaciones sin mención alguna acerca de su número y estado de salud, y la lista de licores que requerían de urgencia.

3. El régimen habría alquilado cinco taladros, en pésimas condiciones, con sobreprecio, a cinco compañías de maletín registradas el día anterior, cada una con un capital insuficiente para comprarse una bicicleta de paseo en buen estado. Contraloría hubiese aprobado inmediatamente esa negociación tipo Aban Pearl. La Asamblea Nacional a toda prisa propondría y sin discusión daría el visto bueno a una Comisión de Alto Nivel, de veinte camaradas rojos rojitos, para averiguar lo que debe hacerse en estos casos, en gira cinco estrellas con partida presupuestaria de un millón de dólares, a Las Vegas, París, Tahití, Rio de Janeiro, Buenos Aires y Los Roques, por 30 días.

4. Los cinco taladros perforarían durante los próximos ocho meses (mientras más dure la operación, más cobran por el alquiler), cinco túneles de cúbito dorsal, ninguno de los cuales llegaría ni siquiera cerca del área donde estuvieran los mineros criollos. Al noveno mes iniciarían otros cinco túneles, esta vez dejando en manos de los babalaos cubanos que tienen sede en Miraflores, las labores de posicionamiento de las excavaciones, y el taladro que no siguiera las directrices de los babalaos es el que, por error, lograría alcanzar el espacio del subsuelo donde estarían los sobrevivientes (del grupo inicial ya quedaría menos de la mitad).

5. El régimen mientras tanto habría ordenado a empresas cooperativas construir ocho cápsulas de rescate, con la condición de que no consideraran las estipulaciones de los expertos del imperio, o sus afines, similares y conexos. Como resultado, siete de las ocho cápsulas resultarían inutilizables, tanto por tener medidas que exceden el diámetro del hoyo abierto hasta el refugio en el subsuelo, como por su acabado choreto, el uso de materiales de segunda y que ninguna quedó derechita, lo que imposibilitaba su recorrido aun por un ducto mayor. Luego se supo que los encargados de fabricar la octava cápsula, la única que se ajustaba a las medidas exigidas y que tenía la calidad requerida, no eran egresados de la Misión Róbinson ni seguidores de la matemática chavista.

6. Valioso tiempo se desperdició por la mala interpretación de las órdenes dadas para encamisar los primeros 72 metros del ducto, tanto en la localización de suficiente tela roja para que alcanzara para esa longitud, como tratando de anclarla a las paredes del túnel en vertical-diagonal que comunicaba con el refugio, donde ya habían fallecido otros cuatro mineros, que no aguantaron la intoxicación por ingesta de alimentos que provenían de PDVAL y MERCAL (remanentes “utilizables” certificados por expertos enviados por Dafael Damídez). Los que sobrevivieron a la intoxicación tuvieron que mudarse a otro espacio aledaño, ante la fetidez causada por sus propios desechos, luego de metabolizar y evacuar comida importada a mediados del 2009.

7. Trece meses después del derrumbe (doce meses y seis días después de que el régimen se enterara del asunto), y luego de las arduas tareas de quitar toda la tela y el engrudo utilizado para “encamisar” aquel pasaje salvador en sus primeros 72 metros, ya colocada la tubería de hierro que sí correspondía (uno de los encargados tuvo la suerte de ver una operación parecida por Discovery Chanel, y resolvió el misterio de la tela roja), Se elaboró la Lista definitiva con el orden de salida de los 19 mineros que aun estaban con vida: Primero los 2 inscritos en el PSUV, luego uno que simpatizó con el PCV en los años 80 y no aparecía en la Lista Tascón, en tercer lugar los restantes 26 mineros (a los treinta minutos de este Boletín oficial, un familiar de uno de los jefes del operativo le hizo ver la equivocación en la totalización del grupo, luego se supo que habían usado el método del Gerrymandering, el mismo del 26S), que para vergüenza del oficialismo resultaron ser todos de la Oposición, por lo que luego del tercer rescate, les aplicaron la operación “morrocoy” que usan durante los procesos electorales, en los que ya son veteranos y pueden dictar cátedra a nivel mundial.

8. Venezuela ocupó la primera página de todos los periódicos del planeta, no por el rescate en sí, sino por el Record Guinness logrado por la Cadena de Radio y TV más larga conocida. Chávez se había instalado a la pata del taladro más grande desde el primer día de la perforación, y sin interrumpir las transmisiones siguió haciendo su Aló Presidente, incluso cuando tuvo que trasladarse hasta el octavo taladro, el único que perforó en la dirección correcta. La inusitada cadena, con rating del 2.05 %, se prolongó por once meses, y terminó exactamente cuando el primer mandatario culminó su abrazo de siete minutos al tercero de los rescatados, repitiendo la monserga que le había dicho al oído a los dos anteriores, con su correspondiente micrófono convenientemente cerca. El 67.2 % del tiempo reiteró que el derrumbe había sido causado desde la Casa Blanca en Washington, el 22.6 % insistió en que los taladros habían sido desviados por trampas y obstáculos de la Oligarquía apátrida y golpista, el 7.5 % aseguró que las condiciones de las que se quejaban los mineros que no quedaron atrapados bajo tierra tenían su origen en la cuarta república (la mina funciona desde el 2003) y el 2.7 % del tiempo restante obsequió desafinadas canciones y dirigió saludos a Fidel, en inentendible inglés e inconfundible acento cubano.

9. Luego del black out impuesto por el régimen, a partir del tercer rescate, y la obligación de difundir sólo la versión oficial de los hechos durante las siguientes 24 horas, una vez quitada la mordaza oficial se pudo conocer que cinco de los mineros habían protagonizado una pelea en el subsuelo, disputándose los últimos lugares en el orden de rescate, puesto que arriba los esperaban dos y tres cuaimas enfurecidas, a cada uno, que también se habían enfrentado a uña limpia por la asignación de los cesta tickets correspondientes a cada minero encerrado. Un rescatista resultó herido al tratar de evitar que una de las novias del más casanova, la más corpulenta además, se metiera en la cápsula para ir ella misma en busca de su “papito enterrado”, como cariñosamente se refería al interfecto. El documental realizado por National Geographic en torno a este evento, por exigencias del régimen, tuvo que ser titulado “HECHO EN SOCIALISMO”

sábado, 16 de octubre de 2010

El aporte tecnológico y humano estadounidense al rescate de los mineros chilenos

Eso sin contar al compañero gente del Petroleo Orlando Morales responsable de coordinar los trabajos de perforación.

El aporte tecnológico y humano estadounidense al rescate de los mineros chilenos

El aporte tecnológico y humano estadounidense al rescate de los mineros chilenos



33 vidas salvadas gracias a la cooperación internacional.

Gracias a mi amigo Humberto Seijas Pittaluga, mina inagotable de información, hemos obtenido esta lista de los aportes hechos por la tecnología y esfuerzo humano de los estados Unidos en el salvamento de los 33 mineros chilenos. Esto aporte extraordinario no disminuye el mérito chileno sino que refuerza el concepto de interdependencia y solidaridad internacional que debe privar en la comunidad global frente a los infortunios. Una lección para quienes piensan que lo pueden hacer solos.


La empresa Schramm, de Westchester, Pennsylvania, construyó las perforadoras y el equipo usado para llegar al sitio donde se encontraban los mineros.

La empresa center Rock, también de Pennsylvania, manufacturó las mechas de perforación.


La empresa UPS hizo llegar las 13 toneladas de equipo desde Pennsylvania hasta Chile en menos de 48 horas


Equipos humanos de la empresa Layne Christensen de Wichita, Kanas y de su filial Geotec Boyles y hermanos operó los taladros y la maquinaria para llegar al sitio y amplió el diámetro del hueco para hacer posible el salvamento

El Sr. Jeff Hart, de Denver, Colorado, fue llamado urgentemente desde Afganistán, donde se encontraba perforando pozos de agua, para liderar el equipo de perforación que llegó al sitio.

La empresa Minera y de Construcción Atlas Copco, de Milwaukee, Wisconsin, aportó la asesoría para el uso óptimo de los diferentes equipos en las condiciones existentes.

La empresa Aries Central de Fresno, California diseñó las cámaras especiales que se bajaron por el hueco para transmiir imágenes de los mineros hasta la superficie.


La empresa Tecnológica Zephyr, de Annapolis, Maryland, manufacturó los sensores que usaron los mineros para medir sus signos vitales durante el ascenso

Los ingenieros de la NASA diseñaron la cápsula FENIX que trajo a los mineros y rescatistas a la superficie y aportó la asesoría médica, las dietas especiales y trajes SPANDEX que mantuvieron la tensión arterial de los mineros bajo control durante su ascenso.

La empresa de perforación Drilling Supply, de Houston, Texas, también participó.

La empresa Canadiense Precision Drilling Corp. y la empresa Surafricana Murray y Roberts perforaron huecos de contingencia en el caso de que fallase el principal.

Gracias a los héroes que se han mantenido anónimos.

viernes, 15 de octubre de 2010

Walid Makled entrevistado por El Nacional: Le pagué a Acosta Cárlez Bs. 12 millardos por concesión de Puerto Cabello

Walid Makled entrevistado por El Nacional: Le pagué a Acosta Cárlez Bs. 12 millardos por concesión de Puerto Cabello: "

Acosta Cárlez y Walid Makled. Imagen VTV

ND.- Esperando ser extraditado a los Estados Unidos, a donde es acusado de enviar 10 toneladas mensuales de cocaína, Walid Makled concedió una entrevista

al periodista Casto Ocando para El Nacional donde revela (casi) todo.

Makled contó cómo logró la concesión de Puerto Cabello con el ex gobernador Acosta Cárlez, a cuántos generales les pagaba, acusó al ex general Néstor Reverol de no entregarle 140 millones de dólares de sus empresas y al general Clíver Alcalá, de sembrarle la droga en su finca. "Gracias a Dios logré sacar las pruebas de toda la gente que trabajaba conmigo, la gente que yo le colaboraba, y la que tenía metida en mi nómina."

opinan los foristasNiega, por otra parte, ser narcotraficante.

Pidió a los nuevos diputados de la oposición que hablen con él para obtener las pruebas de lo que dice, y aseguró no conocer a Hugo Chávez personalmente y que su fortuna (con las empresas que tenía) superaba los 1.000 millones de dólares.

Sobre la concesión de Puerto Cabello dijo: "Acosta Cárlez me dijo que para tener la concesión (de Puerto Cabello) debía pagarle 12 millardos de bolívares. Entonces le hice 5 cheques de 1.000 millones de bolívares cada uno. Y estando en mi oficina él me llamó a que lo acompañara en un acto; y en ese acto dice: el señor Makled está donando 5 millardos."

A continuación

la entrevista en El Nacional:El empresario de origen libanés, preso en Colombia, revela sus conexiones con el alto gobierno chavista, la fortuna que amasó durante 8 años de negocios con apoyo oficialista y niega ser un narcotraficante

Desde la cárcel de máxima seguridad de Cómbita, a dos horas al noreste de Bogotá, el empresario de origen árabe Walid Makled, acusado por los gobiernos de Venezuela y Estados Unidos de ser uno de los más importantes capos de la droga, habla extensamente por primera vez acerca de sus vinculaciones con el gobierno de Hugo Chávez y su caída en desgracia a fines de 2008.

Fue presentado por el Gobierno de Colombia como el tercer capo de la droga más peligroso del mundo. El de Estados Unidos lo acusa de enviar 10 toneladas mensuales de cocaína a ese país. Y el gobierno chavista lo responsabiliza de dirigir una tenebrosa red de distribución de narcóticos. Pero él dice que es inocente y que tiene pruebas para demostrarlo en cualquier tribunal internacional.

Señala que gran parte de sus inversiones se la expropiaron a finales de 2008, cuando una comisión de la DIM decomisó un cargamento de cocaína en una finca administrada por su familia en las afueras de Valencia.

Tres de sus hermanos fueron encarcelados, acusados de narcotraficantes. Walid huyó a Cúcuta, donde fue capturado el 19 de agosto.

Mientras espera ser extraditado, Makled revela que pagaba dineros y mantenía en nómina a altos funcionarios del gobierno chavista, incluidos generales, ministros y diputados, y que tiene los documentos para probarlo.

Desde el sitio de reclusión conversó vía telefónica en forma exclusiva con El Nacional.

–¿Cómo comenzó su relación con el gobierno chavista?

–A través del ex gobernador Acosta Cárlez, yo colaboré con 2 millones de dólares para la campaña del Sí en 2004.

–¿Cómo obtuvo usted las concesiones en Puerto Cabello y el aeropuerto de Valencia?

– Esa concesión era originalmente de unos familiares del gobernador Salas Romer, a quienes les compré la maquinaria de esa almacenadora por 3,4 millones de dólares, debido a que Acosta Cárlez se las quería quitar. Acosta Cárlez me dijo que para tener la concesión debía pagarle 12 millardos de bolívares. Entonces le hice 5 cheques de 1.000 millones de bolívares cada uno. Y estando en mi oficina él me llamó a que lo acompañara en un acto; y en ese acto dice: el señor Makled está donando 5 millardos. Pero yo no estaba donando 5 millardos, estaba pagando una almacenadora que me vendió. ¿Qué hizo el ciudadano gobernador? Esos 5 cheques se los entregó a varias fundaciones que eran de sus hermanos y de sus cuñadas.

–¿Se consideraba chavista?

–Nosotros apoyamos bastante el proceso, creíamos bastante en ellos, hasta que fuimos vilmente traicionados por mucha gente. Durante el paro petrolero yo presté todas mis gandolas para que ellos pudieran resolver la situación del transporte del combustible. Y me pagaron quitándome mis empresas. Por eso le pido a la oposición venezolana que mande una comisión de la nueva Asamblea Nacional para que oigan lo que yo estoy diciendo, y mostrarles las pruebas.

–¿Conoció personalmente al presidente Chávez?

–Directamente a él no. Pero sí a parte de su gabinete.

–¿Estuvo alguna vez en Miraflores?

–No, pero sí en varios lugares donde él estuvo. Era de las personas que me sentaba en la primera fila.

–¿Cómo explica usted el cargamento de droga que decomisó la DIM en la finca de su familia en el estado Carabobo?

–Los generales Orlando Rodríguez y Cliver Alcalá tienen que explicar de dónde sacaron esa droga y la metieron en mi finca.

–¿Los acusa usted de sembrarles esa droga.

–Claro, cien por ciento. Imagínese una persona que se esté ganando de 6 a 8 millones de dólares. ¿Qué necesidad tiene de tener en su finca una droga y a nombre de uno? Eso no cabe en la mente de nadie. Todo el expediente está viciado completamente. Pero yo tengo todas las pruebas, gracias a Dios logré sacar las pruebas de toda la gente que trabajaba conmigo, la gente que yo le colaboraba, y la que tenía metida en mi nómina.

–¿Qué pruebas tiene?

–Vauchers, números de cuentas donde les he depositado, cuentas a nombre de esposas de ellos, cuentas a nombre de hermanos de ellos. En mis nóminas tenía a ministros, hermanos de ministros, generales, almirantes, contraalmirantes, coroneles y cinco diputados de la Asamblea Nacional, a quienes les regalé un carro último modelo a cada uno. También quiero denunciar al general Néstor Reverol. Él ha manejado mis empresas durante 23 meses.

Esas empresas han generado en ese tiempo 140 millones de dólares. Esos 140 millones tendrían que estar depositados en un tribunal y no están.

–¿Y ese dinero es producto de qué? ¿Cómo producen sus compañías 140 millones de dólares en 23 meses?

–Muy fácil. Nosotros tenemos 9 almacenadoras en uno de los puertos más importantes. Eso lo puede corroborar el gobernador del estado Carabobo, que es una persona seria.

–¿Pero se trata de negocios lícitos?

– Claro, cien por ciento lícitos. Nosotros manejábamos 14.000 contenedores al mes.

Les manejábamos toda la carga a Ford, General Motors, la Chrysler, a Iveco, todos esos fabricantes nacionales. Teníamos contratos con las líneas navieras más importantes del mundo, entre ellas Lloyd y Merck.

–Sin embargo, hay acusaciones de que usted se enriqueció a través del narcotráfico.

–Acuérdate que ellos agarraron mis empresas y con mi dinero empezaron a hacer una campaña de desprestigio de narcotráfico. Imagínese la gran mentira que yo maté un capo colombiano, el más grande de Colombia.

–Se refiere a la acusación de que asesinó a Wilber Varela, alias "Jabón", uno de los jefes del Cartel del Norte del Valle.

–Claro, una cosa ridícula.

–Un informe de la DEA afirma que usted envió hasta 10 toneladas de cocaína a Estados Unidos todos los meses.

–Eso fue una campaña sucia que me hicieron. Yo soy de nacionalidad venezolana, nunca he ido para Estados Unidos, no tengo ni siquiera visa, nunca he salido de Venezuela.

–Las acusaciones en su contra dicen que enviaba cargamentos de droga por barco y por avión a Estados Unidos.

–Eso es lo que dicen por Internet.

–Pero según la agente de la DEA Yvonne Schon usted dirigía personalmente las operaciones de narcotráfico en Puerto Cabello.

–Cuando hay tanta plata se presta para muchas cosas.

Cualquiera puede hacer un informe. Arrancaron con la mentira de que yo maté a este narcotraficante Varela, que me dicen aquí en Colombia que ha matado a más de 1.500 personas.

–Pero hay un documento de la DEA.

–Cuando tú eres un empresario exitoso, hacen de todo para desprestigiarte. A mí me hicieron un capo, imagínese, de empresario y padre de familia, mucha gente que conoce de la colonia árabe de Valencia, como una persona respetuosa.

–También dicen que tenía relaciones con un narcotraficante vinculado con la guerrilla de las FARC, que se llama José María Corredor Ibagué, alias "el Boyaco".

–Le vuelvo a decir: los malandros que tienen mis compañías agarraron y comenzaron a meter cosas por Internet.

Que Walid Makled era esto, esto y esto. ¿Por qué no dicen que Walid Makled tenía concesión de fertilizantes, que se la otorgó el hermano del vicepresidente del PSUV, Saúl Ameliach? ¿Eso por qué no lo dicen?

–¿Era esta la concesión para vender fertilizantes de Pequiven?

–Claro, yo podía distribuir fertilizantes a toda Venezuela. Ellos me despachaban 900 gandolas al mes de la petroquímica. No tenía necesidad de andar en cosas ilícitas.

–Otra de las denuncias es que usted distribuía fertilizantes para ser usados en la fabricación de cocaína.

–Por favor, ese fertilizante me lo dio la gente de Pequiven para despacharlo para allá. ¿Qué tengo que ver ahí?

–¿Está dispuesto a ir a un tribunal internacional para defender su inocencia? –Claro, por Dios.

–Recientemente circuló la copia de un carnet del Tribunal Supremo de Justicia a su nombre, firmado por el magistrado Eladio Aponte Aponte. ¿Cómo obtuvo ese carnet?

–De ese tema no quiero hablar todavía.

–¿Qué pasó con los 3,4 millones de dólares que usted tenía en el Caracas International Banking Corporation, en Puerto Rico, y que fueron decomisados por el Gobierno estadounidense bajo la presunción de que eran dineros productos del narcotráfico?

–Esos 3,4 millones estaban en Citibank. Pero el banco del señor Nogueroles tenía un puntico más de interés y agarramos esos 3,4 millones de dólares y los pasamos al CIBC, a través de otro banco.

–¿Pero el origen de ese dinero era legítimo?

–Legítimo cien por ciento, si estaba en Citibank, imagínese.

Yo le estoy diciendo que todo es un vil montaje.

–¿Usted dice que el informe de la DEA es una mentira, un montaje?

–Claro, por favor.

–Pero el dinero fue congelado porque era suyo, bajo acusaciones de que provenía del narcotráfico.

– A Zuloaga le sembraron las acusaciones de unos carros, a Mezerhane le sembraron conexiones con paramilitares, y a los Makled lo más cochino que hay, que es la droga. Si yo soy narcotraficante, todo el gobierno de Chávez es narcotraficante. Trabajaban conmigo ministros, generales, contraalmirantes, hermanos de ministros, generales de aviación.

–¿Y usted tiene todas las pruebas de estas relaciones?

–Yo hablé de una lista de 15 generales. A esos 15 generales yo les tengo pruebas. Pero también hay 25 generales que los conozco, que son amigos míos y no puedo hablar nada de ellos. A esos los ayudaba así por afuerita, pero no tengo un soporte para decir que recibían dinero de mí.

–Usted afirma que tiene una fortuna superior a los 1.000 millones de dólares.

–Es más que eso. Nosotros somos una familia que ha venido trabajando por 30 años.

–¿Y dónde está esa fortuna, en Venezuela o en el exterior?

–Déjeme explicarle. Yo cuando hablo de esa suma estoy metiendo las empresas que están en manos del Gobierno.

Del Gobierno no, en manos de cuatro generales delincuentes. Son tan descarados, que el que está manejando Aeropostal es el hermano del (ex) presidente del Banco de Venezuela, Orellana. ¿Qué le parece?

–¿Quiénes son estos generales que manejan ahora sus empresas?

–¿Cómo es posible que un general viva en una casa de 3, 4 millones de dólares, como vive el general Néstor Reverol? ¿Cómo es posible que su familia en Cabimas viva en una casa de 2 millones de dólares? Claro, con la plata de los Makled.

–¿El dinero que usted dice haber pagado a generales, ministros y contralmirantes, lo pagó fuera de Venezuela, por ejemplo en cuentas en Suiza o Estados Unidos?

–Hubo unos pagos dentro y fuera de Venezuela y hubo unos depósitos en bolívares en cuentas de ellos y de familiares de ellos. Esos depósitos serán entregados a los respectivos gobiernos.

–¿Qué otros negocios tenían los Makled con el Gobierno?

–Teníamos un Mercal al mayor, donde la gente hacía cola para comprar. Ahí nosotros teníamos ese negocio con el Gobierno. Por cierto, cuando me quitaron mis empresas, el Gobierno me debían a mí 300 millardos. También esa plata se la robaron. Yo también les prestaba a ellos 10 gandolas que iban para el Fuerte Tiuna, para la Policía Militar en Caracas, donde yo cargaba 10 contenedores con pura mercancía para los cubanos. Y esa mercancía se iba para Puerto Cabello. De allí iba directo al barco, no pasaba por ningún tipo de control aduanero.

–¿Qué tipo de mercancía salía para Cuba?

–Todas las semanas salían 10 gandolas. En esas gandolas los cubanos metían colchones, neveras, lavadoras, cocinas, de todo. Un general de la Policía Militar me pedía el apoyo. Y nadie se atrevía a revisar esa mercancía.

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La Mina San José y la Convención 176 de la OIT. Implicaciones Laborales.

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La mina San José y el Convenio 176 de la OIT.Implicaciones Laborales.

El reciente suceso de la mina San José en el desierto de Atacama en Chile, patentizó cuatro condiciones a considerar en toda operación de rescate:

a) Valoración del ser humano y fe en Dios.

b) La responsabilidad irrestricta asumida del ente gubernamental.

c) La designación de personal técnico de alta calificación y competencia para el proceso de rescate. Actuando con dignidad profesional, sin ansias de protagonismo y desprejuiciados tecnológicamente, es decir, abiertos a cualquier posibilidad técnica y a solicitar apoyo en tareas especialísimas.

d) La perfecta sistematización de las diferentes tareas, coordinación, esmerado cuidado en los detalles, previsión de las eventualidades y un manejo seguro pero discreto en cuanto a las expectativas y tiempos de rescate.

En fin, desde el punto de vista técnico, humano, político y mediático es realmente excelente la labor del gobierno Chileno.

Pero también este acontecimiento ha puesto el dedo sobre la llaga, revelando las inapropiadas condiciones laborales de la actividad minera en Chile, por cuanto no se cumplen los requisitos técnicos pertinentes de seguridad ni las condiciones idóneas para el resguardo de la salud del trabajador.

Y es que el trabajo de la minería está calificado por la OIT como uno de los de mayor riesgo de accidentes laborales en el mundo. Ya que además de la muerte, puede acarrear al trabajador diversas afecciones graves de salud física y mental, tales como: mutilaciones de miembros, silicosis (“..fibrosis nodular de los pulmones y la dificultad para respirar causadas por la inhalación prolongada de compuestos químicos que contienen sílice cristalina...”) deformaciones en el esqueleto por las posturas requeridas en ciertas tareas de la labor, el desgaste físico y psicológico etc.

Tales riesgos ha llevado a la OIT a establecer en el convenio 176 Sobre Seguridad y Salud en las Minas (Ginebra 22 de junio de 1995) condiciones especiales en cuanto a la jornada (no mayor de 35 horas) jubilación adelantada y descanso compensatorio adicional ( dos días) y demás pautas para la protección y resguardo de la vida y salud del trabajador. A este tenor el artículo 1 entiende el concepto de mina y empleador como:

1. A los efectos del presente Convenio, el término mina abarca:

a)

los emplazamientos, subterráneos o de superficie, en los que se lleven a cabo, en particular, las actividades siguientes:


i)

la exploración de minerales, excluidos el gas y el petróleo, que implique la alteración del suelo por medios mecánicos;


ii)

la extracción de minerales, excluidos el gas y el petróleo;


iii)

la preparación, incluidas la trituración, la molturación, la concentración o el lavado del material extraído, y

b)

todas las máquinas, equipos, accesorios, instalaciones, edificios y estructuras de ingeniería civil utilizados en relación con las actividades a que se refiere el apartado a) anterior.

2. A los efectos del presente Convenio, el término empleador designa a toda persona física o jurídica que emplea a uno o más trabajadores en una mina, y según proceda, al encargado de la explotación, al contratista principal, al contratista o al subcontratista.

De seguidas, en la parte II establece aspectos de relevancia directa en lo jurídico:

Parte II. Alcance y medios de aplicación

Artículo 2

1. El presente Convenio se aplica a todas las minas.

2. Previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, la autoridad competente de un Miembro que ratifique el Convenio:

a)

podrá excluir de la aplicación del Convenio o de algunas de sus disposiciones ciertas categorías de minas si la protección conferida en su conjunto en esas minas, de conformidad con la legislación y la práctica nacionales, no es inferior a la que resultaría de la aplicación íntegra de las disposiciones del Convenio;

b)

deberá establecer, en caso de exclusión de ciertas categorías de minas en virtud del apartado a) anterior, planes para extender progresivamente la cobertura a todas las minas.

3. Todo Miembro que ratifique el presente Convenio y se acoja a la posibilidad prevista en el apartado a) del párrafo 2 anterior deberá indicar, en las memorias sobre la aplicación del Convenio que presente en virtud del artículo 22 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, toda categoría específica de minas que haya quedado excluida y los motivos de dicha exclusión.

Artículo 3

Teniendo en cuenta las condiciones y la práctica nacionales, y previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, el Miembro deberá formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en las minas, en especial en lo que atañe a las medidas destinadas a hacer efectivas las disposiciones del presente Convenio.

Artículo 4

1. Las medidas destinadas a garantizar la aplicación del Convenio deberán establecerse por medio de la legislación nacional.

2. Cuando proceda, dicha legislación nacional deberá completarse con:

a)

normas técnicas, directrices o repertorios de recomendaciones prácticas, o

b)

otros medios de aplicación conformes con la práctica nacional, según lo establezca la autoridad competente.

Artículo 5

1. La legislación nacional mencionada en el párrafo 1 del artículo 4 deberá designar a la autoridad competente encargada de vigilar y regular los diversos aspectos de la seguridad y la salud en las minas.

2. Dicha legislación nacional deberá contener disposiciones relativas a:

a)

la vigilancia de la seguridad y la salud en las minas;

b)

la inspección de las minas por inspectores designados a tal efecto por la autoridad competente;

c)

los procedimientos para la notificación y la investigación de los accidentes mortales o graves, los incidentes peligrosos y los desastres acaecidos en las minas, según se definan en la legislación nacional;

d)

la compilación y publicación de estadísticas sobre los accidentes, enfermedades profesionales y los incidentes peligrosos, según se definan en la legislación nacional;

e)

la facultad de la autoridad competente para suspender o restringir, por motivos de seguridad y salud, las actividades mineras, en tanto no se hayan corregido las circunstancias causantes de la suspensión o la restricción, y

f)

el establecimiento de procedimientos eficaces que garanticen el ejercicio de los derechos de los trabajadores y sus representantes a ser consultados acerca de las cuestiones y a participar en las medidas relativas a la seguridad y la salud en el lugar de trabajo.

3. Dicha legislación nacional deberá disponer que la fabricación, el almacenamiento, el transporte y el uso de explosivos y detonadores en la mina se lleven a cabo por personal competente y autorizado, o bajo su supervisión directa.

4. Dicha legislación nacional deberá especificar:

a)

las exigencias en materia de salvamento en las minas, primeros auxilios y servicios médicos adecuados:

b)

la obligación de proporcionar y mantener en condiciones apropiadas respiradores de autosalvamento a quienes trabajan en minas subterráneas de carbón y, en caso necesario, en otras minas subterráneas;

c)

las medidas de protección que garanticen la seguridad de las explotaciones mineras abandonadas, a fin de eliminar o reducir al mínimo los riesgos que presentan para la seguridad y la salud;

d)

los requisitos para el almacenamiento, el transporte y la eliminación, en condiciones de seguridad, de las sustancias peligrosas utilizadas en el proceso de producción y de los desechos producidos en la mina, y

e)

cuando proceda, la obligación de facilitar y mantener en condiciones higiénicas un número suficiente de equipos sanitarios y de instalaciones para lavarse, cambiarse y comer.

5. Dicha legislación nacional deberá disponer que el empleador responsable de la mina deberá garantizar que se preparen planos apropiados de la explotación antes de iniciar las operaciones y cada vez que haya una modificación significativa y que éstos se actualicen de manera periódica y se tengan a disposición en el lugar de trabajo.

Luego establece los derechos y deberes del trabajador y los deberes del Patrono.

Cabe destacar que el Convenio solamente a sido ratificado por 24 países, siendo Brasil y Perú los dos únicos por América Latina. Los restantes son: Albania, Alemania, Armenia, Austria, Bosnia Herzegovina, Botswana, Eslovaquia, España, Estados Unidos, Filipinas, Finlandia, Irlanda, Líbano, Luxemburgo, Noruega, Polonia, Portugal, la República Checa, Sudáfrica, Suecia, Zambia, y Zimbabwe.

De tal forma que resulta insólito que el país considerado como el primer productor de mineral de cobre del mundo no haya ratificado dicho Convenio 176 de Seguridad y Salud en las Minas, sometiendo a los trabajadores acondiciones de laborales propias del siglo XIX. El permitir como regla el funcionamiento de minas con una sola salida, evidencia la subvaloración de la vida y salud del trabajador por parte del Estado Chileno, cuando tales minas deberían constituir una excepción y ser objeto de un riguroso control y fiscalización. A estos efectos dicha ley en su artículo 7, ordinal d, fija la obligación del patrono a “establecer, siempre que sea posible, dos vías de salida desde cualquier lugar subterráneo de trabajo, cada una de ellas comunicada con una vía independiente de salida a la superficie” (En España la existencia de dos salidas constituye la regla).

Así pues, el suceso de la mina de San José debe servir como punto de inflexión al Estado Chileno para “actualizarse” en su deber de garantizar los Derechos Humanos de los mineros. Es cierto que implica un cambio cultural y que requiere la conciliación de los diversos intereses, pero el mismo convenio flexibiliza su aplicación en citado artículo 2.

En cuanto a las especificidades del hecho y sus consecuencias jurídicas, por lo pronto no se tienen suficientes elementos de ponderación, pero algunos datos no verificados se pueden considerar a priori: La reincidencia del Patrono en incumplir normas básicas de seguridad, la omisión del Estado en sancionarlo o permisología otorgada bajo supuestos falsos. El hecho de que el patrono presuntamente hubo tardado 6 horas en participar el hecho del derrumbe en la mina. La presunta acción del Patrono de declararse en quiebra luego del derrumbe (seguramente fortuita, pero ésta no procede porque el hecho derivó de una actitud negligente y culpable del Patrono). Es decir, que los mineros estaban sepultados a 700 metros, sin trabajo y sin prestaciones. Aunque no se sabe bajo qué figura jurídica el Patrono luego presuntamente conviene en cancelar íntegramente los montos de prestaciones sociales y demás correspondientes por la finalización de la relación de trabajo. El hecho de que surja la liquidez para ese pago luego de la declaratoria de quiebra o de que cancele el monto no exigible previo a ello, pudiere calificarla de fraudulenta.

En fin, jurídicamente son muchas las aristas que derivan de este suceso. En lo inmediato y con base en los principios que sustentan a las instituciones y figuras jurídicas, podemos plantear someramente las posibles acciones legales a tomar por los trabajadores, en los siguientes términos: El pago de una compensación monetaria por los daños físicos y psicológicos y sus secuelas en la persona de cada trabajador afectado por el hecho que tratamos, aparte de lo correspondiente por situaciones y hechos anteriores, tales como accidentes previos no compensados, exposición dolosa a riesgos laborales que exceden a los normales por incumplimiento de las normas de seguridad e higiene. Amén de los salarios correspondientes a los días que permanecieron atrapados en la mina, calculados en todos la valores de jornadas o turnos ordinarios y extraordinarios, horas extras, bonos nocturnos y especiales, dias libres laborados etc, además de lo correspondiente por terminación de la relación laboral si fuere el caso. Resaltando la responsabilidad solidaria del Estado y el Patrono, pues ambos faltaron a sus deberes.

Y en lo que respecta a nuestro país también asombrosamente tenemos que Venezuela no ha ratificado el Convenio 176 de la OIT. Si investigásemos seguramente hallaríamos que en nuestro país este tipo de accidente es mas frecuente de lo que debería. Los cierto es que los “accidentes” en ésta área no conmocionan a la opinión pública y da la impresión de que el Estado simplemente los considera, al igual que Chile, como “daños colaterales”.

En definitiva, se observa que en gran parte de los Estados la actividad minera inicia el siglo XXI con criterios del siglo XIX, en cuanto a las formas de explotación, a la aplicación de normas elementales de seguridad, salvamento e higiene y, principalmente, en el cuido y preservación de la persona y el respeto a sus Derechos Humanos.

Para concluir basten las palabras del director general de la OIT, el Chileno Juan Somavia “ ...los mineros quedan atrapados porque las medidas de seguridad eran insuficientes....“ “...cada día mueren en el mundo 6 mil 300 personas por accidentes o enfermedades relacionados con el trabajo, lo que representa más de 2 millones 300 mil muertes anuales. Además, hay 337 millones de accidentes que se producen cada año en el lugar de trabajo.
Tal vez ése sea uno de los mayores aportes de aquellos 33 mineros chilenos: haber hecho que en todo el mundo surgiera la pregunta de cómo crear más seguridad, más protección, más prevención, más trabajo decente, allí donde el trabajo riesgoso lo reclama con especial urgencia...”

Javier A. Rodríguez G.

www.elderechoenperspectiva.blogspot.com

www.relatosymetaforas.blogspot.com

Autor:
Javier Rodríguez
Points: 291

La Mina San José y la Convención 176 de la OIT. Implicaciones Laborales.

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El reciente suceso de la mina San José en el desierto de Atacama en Chile, patentizó cuatro condiciones a considerar en toda operación de rescate:

a) Valoración del ser humano y fe en Dios.

b) La responsabilidad irrestricta asumida del ente gubernamental.

c) La designación de personal técnico de alta calificación y competencia para el proceso de rescate. Actuando con dignidad profesional, sin ansias de protagonismo y desprejuiciados tecnológicamente, es decir, abiertos a cualquier posibilidad técnica y a solicitar apoyo en tareas especialísimas.

d) La perfecta sistematización de las diferentes tareas, coordinación, esmerado cuidado en los detalles, previsión de las eventualidades y un manejo seguro pero discreto en cuanto a las expectativas y tiempos de rescate.

En fin, desde el punto de vista técnico, humano, político y mediático es realmente excelente la labor del gobierno Chileno.

Pero también este acontecimiento ha puesto el dedo sobre la llaga, revelando las inapropiadas condiciones laborales de la actividad minera en Chile, por cuanto no se cumplen los requisitos técnicos pertinentes de seguridad ni las condiciones idóneas para el resguardo de la salud del trabajador.

Y es que el trabajo de la minería está calificado por la OIT como uno de los de mayor riesgo de accidentes laborales en el mundo. Ya que además de la muerte, puede acarrear al trabajador diversas afecciones graves de salud física y mental, tales como: mutilaciones de miembros, silicosis (“..fibrosis nodular de los pulmones y la dificultad para respirar causadas por la inhalación prolongada de compuestos químicos que contienen sílice cristalina...”) deformaciones en el esqueleto por las posturas requeridas en ciertas tareas de la labor, el desgaste físico y psicológico etc.

Tales riesgos ha llevado a la OIT a establecer en el convenio 176 Sobre Seguridad y Salud en las Minas (Ginebra 22 de junio de 1995) condiciones especiales en cuanto a la jornada (no mayor de 35 horas) jubilación adelantada y descanso compensatorio adicional ( dos días) y demás pautas para la protección y resguardo de la vida y salud del trabajador. A este tenor el artículo 1 entiende el concepto de mina y empleador como:

1. A los efectos del presente Convenio, el término mina abarca:

a)

los emplazamientos, subterráneos o de superficie, en los que se lleven a cabo, en particular, las actividades siguientes:


i)

la exploración de minerales, excluidos el gas y el petróleo, que implique la alteración del suelo por medios mecánicos;


ii)

la extracción de minerales, excluidos el gas y el petróleo;


iii)

la preparación, incluidas la trituración, la molturación, la concentración o el lavado del material extraído, y

b)

todas las máquinas, equipos, accesorios, instalaciones, edificios y estructuras de ingeniería civil utilizados en relación con las actividades a que se refiere el apartado a) anterior.

2. A los efectos del presente Convenio, el término empleador designa a toda persona física o jurídica que emplea a uno o más trabajadores en una mina, y según proceda, al encargado de la explotación, al contratista principal, al contratista o al subcontratista.

De seguidas, en la parte II establece aspectos de relevancia directa en lo jurídico:

Parte II. Alcance y medios de aplicación

Artículo 2

1. El presente Convenio se aplica a todas las minas.

2. Previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, la autoridad competente de un Miembro que ratifique el Convenio:

a)

podrá excluir de la aplicación del Convenio o de algunas de sus disposiciones ciertas categorías de minas si la protección conferida en su conjunto en esas minas, de conformidad con la legislación y la práctica nacionales, no es inferior a la que resultaría de la aplicación íntegra de las disposiciones del Convenio;

b)

deberá establecer, en caso de exclusión de ciertas categorías de minas en virtud del apartado a) anterior, planes para extender progresivamente la cobertura a todas las minas.

3. Todo Miembro que ratifique el presente Convenio y se acoja a la posibilidad prevista en el apartado a) del párrafo 2 anterior deberá indicar, en las memorias sobre la aplicación del Convenio que presente en virtud del artículo 22 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, toda categoría específica de minas que haya quedado excluida y los motivos de dicha exclusión.

Artículo 3

Teniendo en cuenta las condiciones y la práctica nacionales, y previa consulta con las organizaciones más representativas de empleadores y de trabajadores interesadas, el Miembro deberá formular, aplicar y revisar periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud en las minas, en especial en lo que atañe a las medidas destinadas a hacer efectivas las disposiciones del presente Convenio.

Artículo 4

1. Las medidas destinadas a garantizar la aplicación del Convenio deberán establecerse por medio de la legislación nacional.

2. Cuando proceda, dicha legislación nacional deberá completarse con:

a)

normas técnicas, directrices o repertorios de recomendaciones prácticas, o

b)

otros medios de aplicación conformes con la práctica nacional, según lo establezca la autoridad competente.

Artículo 5

1. La legislación nacional mencionada en el párrafo 1 del artículo 4 deberá designar a la autoridad competente encargada de vigilar y regular los diversos aspectos de la seguridad y la salud en las minas.

2. Dicha legislación nacional deberá contener disposiciones relativas a:

a)

la vigilancia de la seguridad y la salud en las minas;

b)

la inspección de las minas por inspectores designados a tal efecto por la autoridad competente;

c)

los procedimientos para la notificación y la investigación de los accidentes mortales o graves, los incidentes peligrosos y los desastres acaecidos en las minas, según se definan en la legislación nacional;

d)

la compilación y publicación de estadísticas sobre los accidentes, enfermedades profesionales y los incidentes peligrosos, según se definan en la legislación nacional;

e)

la facultad de la autoridad competente para suspender o restringir, por motivos de seguridad y salud, las actividades mineras, en tanto no se hayan corregido las circunstancias causantes de la suspensión o la restricción, y

f)

el establecimiento de procedimientos eficaces que garanticen el ejercicio de los derechos de los trabajadores y sus representantes a ser consultados acerca de las cuestiones y a participar en las medidas relativas a la seguridad y la salud en el lugar de trabajo.

3. Dicha legislación nacional deberá disponer que la fabricación, el almacenamiento, el transporte y el uso de explosivos y detonadores en la mina se lleven a cabo por personal competente y autorizado, o bajo su supervisión directa.

4. Dicha legislación nacional deberá especificar:

a)

las exigencias en materia de salvamento en las minas, primeros auxilios y servicios médicos adecuados:

b)

la obligación de proporcionar y mantener en condiciones apropiadas respiradores de autosalvamento a quienes trabajan en minas subterráneas de carbón y, en caso necesario, en otras minas subterráneas;

c)

las medidas de protección que garanticen la seguridad de las explotaciones mineras abandonadas, a fin de eliminar o reducir al mínimo los riesgos que presentan para la seguridad y la salud;

d)

los requisitos para el almacenamiento, el transporte y la eliminación, en condiciones de seguridad, de las sustancias peligrosas utilizadas en el proceso de producción y de los desechos producidos en la mina, y

e)

cuando proceda, la obligación de facilitar y mantener en condiciones higiénicas un número suficiente de equipos sanitarios y de instalaciones para lavarse, cambiarse y comer.

5. Dicha legislación nacional deberá disponer que el empleador responsable de la mina deberá garantizar que se preparen planos apropiados de la explotación antes de iniciar las operaciones y cada vez que haya una modificación significativa y que éstos se actualicen de manera periódica y se tengan a disposición en el lugar de trabajo.

Luego establece los derechos y deberes del trabajador y los deberes del Patrono.

Cabe destacar que el Convenio solamente a sido ratificado por 24 países, siendo Brasil y Perú los dos únicos por América Latina. Los restantes son: Albania, Alemania, Armenia, Austria, Bosnia Herzegovina, Botswana, Eslovaquia, España, Estados Unidos, Filipinas, Finlandia, Irlanda, Líbano, Luxemburgo, Noruega, Polonia, Portugal, la República Checa, Sudáfrica, Suecia, Zambia, y Zimbabwe.

De tal forma que resulta insólito que el país considerado como el primer productor de mineral de cobre del mundo no haya ratificado dicho Convenio 176 de Seguridad y Salud en las Minas, sometiendo a los trabajadores acondiciones de laborales propias del siglo XIX. El permitir como regla el funcionamiento de minas con una sola salida, evidencia la subvaloración de la vida y salud del trabajador por parte del Estado Chileno, cuando tales minas deberían constituir una excepción y ser objeto de un riguroso control y fiscalización. A estos efectos dicha ley en su artículo 7, ordinal d, fija la obligación del patrono a “establecer, siempre que sea posible, dos vías de salida desde cualquier lugar subterráneo de trabajo, cada una de ellas comunicada con una vía independiente de salida a la superficie” (En España la existencia de dos salidas constituye la regla).

Así pues, el suceso de la mina de San José debe servir como punto de inflexión al Estado Chileno para “actualizarse” en su deber de garantizar los Derechos Humanos de los mineros. Es cierto que implica un cambio cultural y que requiere la conciliación de los diversos intereses, pero el mismo convenio flexibiliza su aplicación en citado artículo 2.

En cuanto a las especificidades del hecho y sus consecuencias jurídicas, por lo pronto no se tienen suficientes elementos de ponderación, pero algunos datos no verificados se pueden considerar a priori: La reincidencia del Patrono en incumplir normas básicas de seguridad, la omisión del Estado en sancionarlo o permisología otorgada bajo supuestos falsos. El hecho de que el patrono presuntamente hubo tardado 6 horas en participar el hecho del derrumbe en la mina. La presunta acción del Patrono de declararse en quiebra luego del derrumbe (seguramente fortuita, pero ésta no procede porque el hecho derivó de una actitud negligente y culpable del Patrono). Es decir, que los mineros estaban sepultados a 700 metros, sin trabajo y sin prestaciones. Aunque no se sabe bajo qué figura jurídica el Patrono luego presuntamente conviene en cancelar íntegramente los montos de prestaciones sociales y demás correspondientes por la finalización de la relación de trabajo. El hecho de que surja la liquidez para ese pago luego de la declaratoria de quiebra o de que cancele el monto no exigible previo a ello, pudiere calificarla de fraudulenta.

En fin, jurídicamente son muchas las aristas que derivan de este suceso. En lo inmediato y con base en los principios que sustentan a las instituciones y figuras jurídicas, podemos plantear someramente las posibles acciones legales a tomar por los trabajadores, en los siguientes términos: El pago de una compensación monetaria por los daños físicos y psicológicos y sus secuelas en la persona de cada trabajador afectado por el hecho que tratamos, aparte de lo correspondiente por situaciones y hechos anteriores, tales como accidentes previos no compensados, exposición dolosa a riesgos laborales que exceden a los normales por incumplimiento de las normas de seguridad e higiene. Amén de los salarios correspondientes a los días que permanecieron atrapados en la mina, calculados en todos la valores de jornadas o turnos ordinarios y extraordinarios, horas extras, bonos nocturnos y especiales, dias libres laborados etc, además de lo correspondiente por terminación de la relación laboral si fuere el caso. Resaltando la responsabilidad solidaria del Estado y el Patrono, pues ambos faltaron a sus deberes.

Y en lo que respecta a nuestro país también asombrosamente tenemos que Venezuela no ha ratificado el Convenio 176 de la OIT. Si investigásemos seguramente hallaríamos que en nuestro país este tipo de accidente es mas frecuente de lo que debería. Los cierto es que los “accidentes” en ésta área no conmocionan a la opinión pública y da la impresión de que el Estado simplemente los considera, al igual que Chile, como “daños colaterales”.

En definitiva, se observa que en gran parte de los Estados la actividad minera inicia el siglo XXI con criterios del siglo XIX, en cuanto a las formas de explotación, a la aplicación de normas elementales de seguridad, salvamento e higiene y, principalmente, en el cuido y preservación de la persona y el respeto a sus Derechos Humanos.

Para concluir basten las palabras del director general de la OIT, el Chileno Juan Somavia “ ...los mineros quedan atrapados porque las medidas de seguridad eran insuficientes....“ “...cada día mueren en el mundo 6 mil 300 personas por accidentes o enfermedades relacionados con el trabajo, lo que representa más de 2 millones 300 mil muertes anuales. Además, hay 337 millones de accidentes que se producen cada año en el lugar de trabajo.
Tal vez ése sea uno de los mayores aportes de aquellos 33 mineros chilenos: haber hecho que en todo el mundo surgiera la pregunta de cómo crear más seguridad, más protección, más prevención, más trabajo decente, allí donde el trabajo riesgoso lo reclama con especial urgencia...”

Javier A. Rodríguez G.

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Autor:
Javier Rodríguez
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